Gestión Empresarial

Sociedades mercantiles en España: ¿Qué son y qué tipos hay?

21 julio 2022

Sociedades mercantiles en España: ¿Qué son y qué tipos hay?
2 min
Llegado el momento de emprender un nuevo negocio es esencial escoger la fórmula societaria correcta, contemplando siempre las necesidades de la futura compañía. A continuación te lo contamos todo sobre las sociedades mercantiles que existen en España. Te vamos a explicar exactamente qué son, qué tipos hay, y cuál escoger en base a las cuatro grandes vertientes en las que se dividen (a pesar de que existen algunas más): sociedad anónima, sociedad colectiva, sociedad comanditaria y, por último, sociedad limitada, la más utilizada de todas ellas.

¿Qué es una sociedad cuando hablamos de empresas?

El término “sociedad mercantil” define la personalidad jurídica que se crea al iniciar una empresa con ánimo de lucro. Se la denomina sociedad porque está formada por el grupo de socios que conforma el equipo de dicha compañía, y se la considera una sociedad mercantil si:

  • Cuenta con una personalidad jurídica propia (distinta a los socios que forman parte de ella).
  • Tiene un domicilio fiscal (una sede central de negocios).
  • Disfruta de una razón social (un nombre oficial para la empresa).
  • Está inscrita en el registro mediante escritura pública.

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¿Cuáles son los principios de una sociedad?

Los tipos de sociedad mercantil se diferencian principalmente por su distinto grado de responsabilidad y por el capital mínimo aportado en su constitución. Por ello, es muy importante tener las características de cada de una de ellas claras antes de decidir por qué tipo societario optar.

¿Qué es la propiedad?

La propiedad de una empresa corresponde a quienes posean su titularidad, es decir, aquellos quienes aporten capital. Puede ser pública o privada, dependiendo de si es el Estado quien proporciona toda o la mayor parte del capital o si son uno o más particulares.

¿Qué es el capital mínimo?

Hablamos de capital social mínimo para referirnos al importe mínimo a aportar para la fundación de una sociedad mercantil, el cual variará dependiendo del tipo de sociedad. Si los socios así lo deciden, la suma total puede variar; es decir, el capital mínimo puede ser ampliado o reducido, siempre y cuando haya quorum en todo el equipo y se sigan las normas y condiciones acordadas.

Así pues, los distintos capitales mínimos son:

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada: requiere un capital social mínimo de 3.000 euros, a desembolsar el 100% del capital en el momento de la creación de la sociedad.
  • Sociedad Anónima: requiere un capital social mínimo de 60.000 euros, a desembolsar, al menos, el 25% del capital en el momento de la fundación de la sociedad (15.000 euros).
  • Sociedad Limitada Laboral: el capital mínimo es el mismo que el de la sociedad de responsabilidad limitada.
  • Sociedad Anónima Laboral: requiere un capital social mínimo de 60.000 euros, a desembolsar el 25% de la cantidad en el momento de creación de la sociedad. El resto (unos 45.000 euros) puede desembolsarse en un plazo de 5 años.
  • Sociedad Cooperativa: requiere un capital social mínimo que depende del domicilio de la cooperativa y la regulación autonómica correspondiente. A desembolsar, como en anteriores tipos, el 25% del capital en el momento de fundación de la sociedad.
  • Sociedad Colectiva: es la única que no tiene un capital social mínimo.

¿Qué es la responsabilidad?

Según el tipo de sociedad escogido, los socios que la conformen estarán sujetos a determinadas responsabilidades de acuerdo con las deudas y obligaciones que caractericen su sociedad (tal y como aparece estipulado en la Ley de Sociedades de Capital). Encontraréis más información sobre este tema en el BOE, pero os presentamos aquí las responsabilidades de las sociedades mercantiles más frecuentes:

  • Sociedad anónima (S.A) y Sociedad de responsabilidad limitada (S.L): la responsabilidad está limitada por el capital que aporta cada socio y/o accionista. En casos excepcionales, se les puede exigir que protejan los intereses de terceros. No hay máximo de socios, y como mínimo debe haber uno.
  • Sociedad colectiva (S.C) y Sociedad Limitada Laboral (S.S.L): todos los socios responden de forma personal y solidaria con todo su patrimonio, ya que la responsabilidad no es en este caso, como indica su nombre, limitada. Mínimo dos socios.

Además, también están…

  • Sociedad en comanditaria (S. Com): está formada por mínimo un socio colectivo (que responde de forma personal y solidaria con todo su patrimonio) y uno o más socios comanditarios (responsables solo de la suma de capital que hayan aportado o hayan acordado aportar).
  • Sociedad Profesional (S.P): los socios responden de forma solidaria con sus actos profesionales.

 

¿Cuáles son los tipos de sociedades?

Ya hemos visto que existen diferentes tipos de sociedades, cada una con un capital y una responsabilidad específica. A continuación, daremos un repaso sobre los tipos de sociedades que existen, y evaluaremos qué ventajas y qué desventajas tiene cada una para que tu elección sea la correcta.

Sociedad Anónima

Se trata de la segunda sociedad más empleada. Su capital está dividido en acciones que pueden transmitirse libremente; y puede estar formada por un gran número de socios. Hay algunas actividades económicas (como las sociedades bancarias, los seguros o las farmacéuticas) que exigen este tipo de sociedad. A pesar de tener muchas ventajas, es cierto que el capital mínimo es bastante elevado (recordemos que era un total de 60.000 euros) y sus trámites y funcionamiento suelen ser más complejos que los de, por ejemplo, una sociedad limitada.

Sociedad Limitada

Esta es la sociedad más frecuentemente usada en España. Entre sus ventajas destaca que sus socios no deben responder de forma solidaria con su patrimonio de las deudas de la empresa, y el capital mínimo es bastante asequible (recordemos, 3.000 euros). Además, puede ser unipersonal. Sin embargo, es difícil permitir el acceso a terceros (ya que los socios tienen prioridad), así que si lo que te interesa es atraer inversores externos, quizás esta sociedad no sea la adecuada.

Sociedad Laboral

Pueden ser o bien anónimas o bien de responsabilidad limitada (los dos grandes tipos descritos previamente). La mayoría de su capital es propiedad de los trabajadores que prestan sus servicios en ella de forma indefinida. Es por este motivo que su capital está distribuido de forma equitativa.

Sociedad Cooperativa

Se trata de una asociación de personas por libre adhesión y con opción a baja voluntaria. Su carácter es social y se constituye voluntariamente, y priman en ella la gestión y el funcionamiento participativos.

Sociedad Colectiva

En esta sociedad, el papel de los socios es crucial, porque aportan capital y gestionan la empresa. Su uso hoy en día es residual, a pesar de que su estructura y funcionamiento es bastante simple y de que no requiere un capital mínimo. Sin embargo, no es posible delegar la gestión de la sociedad a agentes externos.

Sociedad Comanditaria

Bastante parecida a la colectiva, la sociedad comanditaria permite que un determinado tipo de socio pueda no encargarse de su gestión. Asimismo, tampoco requiere capital mínimo, y su modalidad por acciones facilita la atracción de inversores externos. Sin embargo, su funcionamiento es complejo.

Sociedad de inversión colectiva

Esta sociedad está formada por inversores privados. Su objetivo principal es la inversión en activos financieros, bienes o/y productos financieros, motivo por el que su forma jurídica es de sociedad anónima.

Agrupación de interés económico

Una agrupación de interés económico se da cuando varias empresas locales o internacionales se unen para llevar a cabo una labor finita. No tienen ánimo de lucro para sí mismas, por lo que no pueden poseer participaciones en sociedades que sean miembros suyos (ni directa ni indirectamente) ni dirigir actividades (ni de socios ni de terceros).

 

Conclusiones

Así pues, la decisión final dependerá, principalmente, de qué responsabilidades los socios fundadores necesiten o estén dispuestos a desempeñar, así como del capital mínimo requerido en cada tipo.

Si necesitas más información sobre temas relacionados con el mundo empresarial, encontrarás en nuestro blog más entradas sobre el tema, con la respuesta a preguntas como qué es un grupo profesional o cuáles son las diferencias entre una actividad empresarial y una profesional.

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